La Carta Verde

La Residencia Permanente Legal (“Carta Verde”) permite a los inmigrantes, es decir a los extranjeros, vivir y trabajar permanentemente en los EE.UU.

Por favor, consulte el document "adjunto" si usted desea saber como pasar de una visa americana no inmigrante a una visa americana inmigrante (Carta Verde)

Una procedura con etapas múltiples

Para convertirse en un inmigrante, uno tiene que pasar por varias etapas:

- Una petición de inmigrante rellenada por un pariente o un empleador debe estar aprobada por el Servicio de Ciudadanía o Inmigración (U.S. Citizenship and Immigration Services – USCIS)

- Después, uno recibe un número de visa de inmigrante si ya se encuentra en los EE.UU.

- Uno puede ajustar su estatuto al registrarse a la Residencia Legal si se encuentra en los EEUU. Por lo contrario, recibirá una noticia para ir a un consulado local para completar el proceso de Residencia Permanente Legal.

Al aplicar el ajuste de estatuto en los EE.UU., uno puede solicitar el permiso de trabajo. También recibirá una permisión de antemano que le permitirá viajar fuera de los EE.UU.

¿Convertirse en un(a) ciudadano(a) norteamericano(a) a través de un pariente?

Categorías de preferencias:

Personas extranjeras que desean convertirse en un inmigrante están clasificadas en diferentes categorías basadas en un sistema de preferencia. Con respecto a los parientes directos de los ciudadanos(as) norteamericanos(as), es decir los esposos(as), los padres y los hijos(as) solteros(as) de menos de veintiuno (21) años, un número de visa de inmigrante está inmediatamente disponible.

Sin embargo, los demás parientes tienen que esperar que un número de visa de inmigrante sea disponible según las siguientes preferencias:

- Primera Preferencia: hijos(as) solteros(as) de veintiuno (21) años o más de ciudadanos(as) norteamericanos(as).

- Segunda Preferencia: esposos(as) de residentes permanentes legales, sus hijos(as) solteros(as) de menos de veintiuno (21) años y los(as) hijos(as) de los residentes permanentes legales.

- Terceira Preferencia hijos(as) casados(as) de ciudadanos(as) norteamericanos(as).

- Cuarta Preferencia: hermanos(as) de ciudadanos(as) norteamericanos(as) de más de veintiuno (21) años.

1) Si el/la patrocinador(a) es un ciudadano(a) norteamericano(a), uno puede pedir la residencia permanente legal para:

- Marido o mujer

- Hijo(a) soltero(a) de menos de veintiuno (21) años

- Hijo(a) soltero(a) de más de veintiuno (21) años

- Hijo(a) casado(a) de cualquier edad

- Hermano(a) si el patrocinado tiene al menos veintiuno (21) años

- Padres si el patrocinado tiene al menos veintiuno (21) años.

2) Si el/la patrocinador(a) tiene la residencia permanente legal, uno puede pedir la residencia permanente legal para:

- Marido o mujer

- Hijo(a) soltero(a) de cualquier edad.

Convertirse en un(a) ciudadano(a) norteamericano(a) a través del trabajo

Existen cinco categorías que permiten obtener la residencia permanente legal a través del trabajo:

EB-1: Trabajadores prioritarios: personas con habilidades extraordinarias, gerentes o ejecutivos trasladados en una sucursal en los EE.UU.

- Personas extranjeras que poseen habilidades extraordinarias (reconocidas nacional e internacionalmente) en las ciencias, artes, educación, negocios, o deportes

- Personas extranjeras que son gerentes o ejecutivos en la sucursal norteamericana

- Profesores e investigadores excepcionales.

EB-2: Trabajadores profesionales que poseen títulos avanzados y/o habilidades excepcionales

- Personas extranjeras que, gracias a sus habilidades excepcionales, pueden beneficiar el interés nacional al mejorar la economía de los EE.UU., los salarios, las condiciones de trabajo de los trabajadores norteamericanos, los programas educativos y de aprendizaje, la salud pero también el medio ambiente en los EE.UU., etc…

- Profesionales que tienen títulos avanzados.

EB-3: Profesionales, trabajadores especializados y no especializados

- Profesionales que tienen al menos el bachillerato (pero que no califican para una categoría de preferencia superior)

- Profesionales especializados que tienen al menos dos (2) años de experiencia

- Profesionales especializados que tienen al menos dos (2) años de experiencia.

EB-4: Inmigrantes especiales

- Sacerdotes

- Trabajadores religiosos.

EB-5: Inversores

Según el artículo 203(b)(5) del Acta de Inmigración y de Nacionalidad (Immigration and Nationality Act - INA), 8 U.S.C. § 1153(B)(5), diez mil (10 000) visas inmigrantes están otorgadas cada año a las personas que tienen una empresa comercial. De estas diez mil (10 000) visas, cinco mil (5 000) están otorgadas a las personas que están involucradas en el programa piloto en un zona a riesgo “Regional Center”.

El “Regional Center”, ¿Qué es?:

- Una organización que fue aprobada como tal por el Regional Center

- Está enfocada en una zona geográfica específica de los EE.UU.

- Promueve un crecimiento económico gracias a las ventas hacia el extranjero, un aumento de la productividad en la zona geográfica, genera empleos y un aumento considerable del capital invertido en los EE.UU.

El inversionista tiene que:

- Probar que la nueva inversión está ubicada en una zona aprobada por el Regional Center.

- Demostrar que la inversión ha generado directamente o indirectamente diez (10) o más empleos en los EE.UU. También tiene que mostrar que dicha inversión ha aumentado las ventas hacia el extranjero, la productividad y el capital invertido en el país.

Las personas que cumplen con los requisitos tienen que:

1) Invertir en una nueva empresa:

- Establecer un nuevo negocio.

- Comprar una empresa existente o reestructurar el negocio para desarrollar un nuevo negocio.

- Aumentar de un ciento cuarenta por ciento (140%) el número de empleos o el capital neto, o mantener los empleos existente en un negocio que tiene dificultades financieras, es decir en una empresa que experimentó una perdida de un veinte por ciento (20%) de su capital neto durante los dos (2) últimos años.

2) Invertir el capital en un nuevo negocio:

- Un mínimo de un millón (1 000 000) de dólares.

- O un mínimo de quinientos (500 000) dólares en una zona con altos niveles de desempleo, es decir en una zona que tiene una tasa de desempleo de un ciento cincuenta por ciento (150%) o más comparado con la tasa de desempleo nacional, o en una zona rural.

3) Invertir en un nuevo negocio que va a beneficiar a la economía estadounidense:

- Generar empleos a tiempo completo para al menos diez (10) personas norteamericanas.

- Guardar por un período mínimo de dos (2) años los empleos existentes de un negocio que se encuentra en dificultades financieras porque tuvo una pérdida de su capital neto del veinte por ciento (20%) durante los dos (2) últimos años.

Bufete de abogados de inmigración: Vanessa Elmaleh & Asociados

Citizenship and Immigration Legal Services, Inc. ( « CILS, Inc. » )

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